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LA VALIDEZ OBLIGACIONAL DE LA VENTA DE COSA COMÚN SIN EL CONSENTIMIENTO DE TODOS LOS COMUNEROS.COMENTARIO A LA STS 7/2013, DE 15 DE ENERO (RJ 2013, 2276)

La venta de la totalidad de la cosa común hecha por uno de los comuneros, sin el consentimiento de los demás es válida, desde un punto de vista obligacional, sin perjuicio de que el contrato pueda ser anulado por el comprador, que desconocía dicha circunstancia, siempre que su error sea esencial y e...

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Gardado en:
Detalles Bibliográficos
Publicado en:Revista Boliviana de Derecho
Autor Principal: Raquel GUILLÉN CATALÁN
Formato: Artigo
Idioma:Espanhol
Publicado: Fundación Iuris Tantum 2014
Assuntos:
Acceso en liña:https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=427539914022
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