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TOMANDO LOS DERECHOS COLECTIVOS EN SERIO: EL DERECHO A CONSULTA PREVIA DEL CONVENIO 169 DE LA OIT Y LAS INSTITUCIONES REPRESENTATIVAS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
El presente trabajo se enfoca en el mandato contenido en el art. 6 del Convenio 169 de la OIT, referente a que la consulta previa a los pueblos indígenas sea realizada a través de las instituciones representativas de los pueblos indígenas. Específicamente, se aborda el problema de cómo comprender la...
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Publicado en: | Ius et Praxis |
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Autor principal: | |
Formato: | Artigo |
Lenguaje: | Espanhol |
Publicado: |
Universidad de Talca
2013
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Materias: | |
Acceso en línea: | https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=19729337009 |
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